• Dec 08, 2025
  • 0 comments

Transparencia de ética laboral Don Zabor

  Transparencia de Ética Empresarial

 1. Objetivo

El presente reglamento tiene por finalidad establecer un sistema de transparencia que permita a los colaboradores reportar, de manera confidencial y sin temor a represalias, cualquier conducta contraria a la ética empresarial, la normativa vigente o los valores de la organización.

 2. Principios rectores

2.1.- Confidencialidad: La identidad del informante será protegida en todo momento.

2.2.- No represalias: Queda estrictamente prohibido cualquier tipo de sanción, discriminación o represalia contra quien presente una denuncia.

2.3.-Imparcialidad: Todas las denuncias serán evaluadas con objetividad y sin sesgos.

2.4.- Transparencia: Se informará sobre el avance y resolución de los casos, respetando la confidencialidad.

2.5.- Accesibilidad: Los canales de denuncia estarán disponibles para todos los colaboradores.

 3. Canales de denuncia

La empresa habilitará los siguientes medios:

3.1.- Plataforma digital segura con opción de anonimato.

3.2.- Línea telefónica confidencial atendida por un tercero especializado.

3.3.-Correo electrónico cifrado exclusivo del Comité de Ética.

3.4.- Buzón físico sellado en instalaciones de la empresa.

3.5.-Tendrá la responsabilidad de recibir, evaluar e investigar las denuncias.

3.6.- Podrá solicitar apoyo de auditores externos cuando sea necesario.

4. Procedimiento

4.1.- Recepción: El informante presenta la denuncia por cualquiera de los canales habilitados.

4.2.- Evaluación inicial: Se determina si procede investigación.

4.3.- Investigación: Se recopilan pruebas y testimonios de manera imparcial.

4.4.- Resolución: Se emiten medidas correctivas o disciplinarias según corresponda.

4.5.- Seguimiento: Se garantiza que no existan represalias contra el informante.

 5. Protección del informante

5.1.- Todo colaborador que presente una denuncia gozará de protección institucional.

5.2.- En caso de detectar represalias, la empresa aplicará sanciones inmediatas contra los responsables.

6. Informes de transparencia

6.1.-El departamento de Recursos Humanos recibirá las denuncias recibidas, investigadas y resueltas, sin revelar identidades.

7. Vigencia

7.1.-El presente reglamento entra en vigor a partir de su aprobación por la Dirección General y será de cumplimiento obligatorio para todos los colaboradores.

Canales de denuncia


www.donzabor.mx

comite.etica@donzabor.net

5556946753 ext-235

“ Aprobado  por  el Consejo de Dirección el día 24 de noviembre de 2025”